LOS VAQUEROS Y MULETEROS EN EL MOLAR

El Molar fue un pueblo eminentemente agrícola y ganadero, prueba y vestigio de ello en el Archivo Municipal a disposición de todos, se encuentran muchos expedientes que dan fe del carácter que tenía el pueblo y de la gran actividad comercial que generaba.

En concreto, existen dos tipos de expedientes curiosos, uno de ellos que habla de Subastas para la Contratación de Guardería de Ganado Vacuno, el oficio se denominaba Vaquero, estos expedientes datan de 1940, estos contratos son curiosos, por los términos utilizados, por las multas impuestas, etc.…

En estos contratos el contratado, es decir, el vaquero, se comprometía a custodiar el ganado vacuno durante todo el año, durante la época de invierno estaría en la entrada de la Dehesa a primera hora de la mañana, en tiempo de primavera estaría obligado a estar desde el oscurecer hasta las nueve de la noche en la entrada de la Dehesa con el fin de hacer entrega del ganado, sólo podría ser cerrado el ganado en la época de la mosca[1] desde las diez de la mañana hasta las tres de la tarde, cuidaría y administraría el semental proporcionándole local cerrado y le daría desde el uno de enero hasta abril medio celemín[2] diario de harina de algarroba e igual cantidad durante los meses de noviembre a diciembre, desde el 15 de julio al 15 de agosto llevaría el ganado a las arroyadas de todo el término que no estuviesen vedadas y empezaría y cesaría el disfrute del hojadero cuando se lo ordenase el Ayuntamiento o la Junta de Labradores.

Sería también responsable de los golpes de mano airada que recibiesen las  reses y de los desperfectos que tuviesen por esta causa, previa indemnización al dueño, no siendo las que por enfermedad natural u otra causa no prevista les ocurriese cualquier accidente y en este caso vendría obligado a avisar inmediatamente al dueño, pues de no verificarlo sería también responsable de los perjuicios que se originasen, sería también responsable de los daños que causasen a las reses encargadas a su custodia y si alguna sufriera extravío acompañará al dueño para su busca hasta tres leguas de distancia, también sería responsable de los daños que cause el ganado en las mieses de las eras , no podría bajo ningún pretexto echar el semental a ganado forastero ni tampoco encargarse de ningún ganado que no sea de los vecinos todo ello bajo la multa de veinticinco pesetas, tampoco permitiría que las reses fuesen toreadas ni acosadas prohibiéndole que estas se juntasen con el ganado caballar y mular.

Al vaquero también se le obligaba a dar relación verídica de todas las reses que custodiara al Ayuntamiento con expresión de sus dueños y no se haría cargo durante el aprovechamiento de los pastos de primavera de la dehesa de ninguna res sin que su dueño presentara la autorización del Ayuntamiento, imponiéndole en ambos casos la multa de cinco pesetas.

Los segundos expedientes que llaman la atención aunque de la misma tipología documental son los Expedientes de Contratación de los muleteros de la Dehesa Boyal también datan de 1940 y en su interior constan las mismas cláusulas que en el anterior a excepción de algunas curiosas como son:

– Serán responsables de los daños que sufra el ganado que custodien y de cuantos daños pueda ocasionar el ganado en siembras o terrenos vedados, no encerraran al ganado nada más que en días de tormenta y durante el encierro de las corridas de las fiestas del pueblo, quedarán obligados los guardas muleteros a dar al Ayuntamiento relación del ganado que tienen a su cargo y si ocultasen alguna yunta en la relación serán multados con quince pesetas por cada una.

Esto es una pequeña muestra de este tipo de expedientes que se encuentran en el Archivo Municipal a disposición de cualquier ciudadano que le pueda interesar saber más acerca del pasado de su pueblo.

El Archivo Municipal recupera la memoria e identidad de todos, pero también ofrece los siguientes servicios, entre otros:

-Información general sobre el acceso, consulta y servicios que ofrece el Archivo

– Asesoramiento y orientación a los ciudadanos y ciudadanas en la búsqueda de fuentes documentales y bibliográficas.

– Consulta documental y bibliográfica.

– Préstamo de documentos a la Administración productora e instituciones legalmente habilitadas, de acuerdo con la normativa vigente.

– Obtención de copias, informes de cualquier documento de libre acceso, cuando el estado de conservación lo permita y mediante pago de la correspondiente tasa.

– Actividades culturales y educativas para la difusión de la información y de las fuentes documentales contenidas en el Archivo.

– Visitas guiadas al Archivo concertadas con antelación.

En definitiva el Archivo es un servicio al ciudadano añadido a otros muchos que ofrece el Ayuntamiento, pero la característica que le hace especial frente a otros, es que en él se guarda el tesoro del pasado y presente de un pueblo, el patrimonio documental sin el cual la persona como individuo estaría desmemoriada.

Cristina Cabornero Herrero

Archivera Municipal de El Molar

[1] Con la época estival aumentaba la proliferación de diferentes plagas como la mosca negra.

[2] Medida agraria que se utilizaba en algunas partes de España antes de que fuera obligatorio el sistema métrico decimal.